sábado, 15 de octubre de 2016

La Riba Côa portuguesa, antiguo territorio del Reino de León (2)

La repoblación de Castelo Rodrigo

José I. Martín Benito
Castelo Rodrigo (Portugal).
La política de donaciones reales llevada a cabo tanto por Fernando II como por Alfonso IX fue dando sus frutos. El efectivo control leonés de Riba Côa permitía a la corona pasar a una fase directa de organización del territorio mediante la creación de núcleos de población. Y esto se produjo primeramente en el norte del espacio ribacudano, allí donde, desde los tiempos de Fernando II, se había orientado la política de colonización a través de los monasterios, principalmente de los de Aguiar y del Pereiro. Ahora, sentadas las bases, la corona se sentía con la fuerza suficiente para proceder por sí misma a la creación de unidades de población independientes.

El primer concejo creado en Riba Côa fue el de Castelo Rodrigo, en septiembre de 1209[1]. Para Lindley Cintra, ello se vio favorecido por el periodo de paz que se dio en las fronteras del reino entre 1205 y 1210[2]. Su fortaleza se enclavaba en un promontorio rocoso situado al norte de la sierra de la Marofa, en las cercanías de la Ribera de Aguiar[3] (foto 4). Las primeras noticias documentales que tenemos de Castelo Rodrigo las encontramos en la carta de coto que Afonso Henriques concedió al monasterio de Aguiar en 1174[4]

Será en 1209 cuando Alfonso IX inicie la repoblación de la villa, que se desgajaba del extenso concejo de Ciudad Rodrigo, con lo que Castelo Rodrigo se convertía así en el concejo situado más al oeste del reino de León en el sur de la frontera con Portugal. Quizás para compensar, el monarca donó en 1210 a la iglesia civitatense y a su obispo Martín la tercera parte del portazgo, la tercia de las quintas y la tercera parte de la moneda de la nueva población[5]. Para llevar a cabo la empresa repobladora, fue necesario que el rey acrecentara el realengo, ciertamente un tanto constreñido por las donaciones anteriormente hechas a los monasterios. Así, el mismo año de la repoblación, recuperó la heredad de Raigadas, que en 1176 Fernando II había dado al Pereiro. Para compensar a los frailes, el monarca les entregó el realengo de Santa Cristina, en el interior del reino, en las cercanías de Zamora, junto con otras heredades en Saltus, Incurranus y Arboxelo. El rey era consciente de que era más lo que tomaba a la orden para la repoblación de Castelo Rodrigo que lo que le daba, por eso hacía el propósito de recompensarles más adelante: “promitto firmiter recompensationem cum se oportunitas obtulerit vobis facere pleniorem[6].
Alfonso IX de León (Tumbo A, Compostela).

Castelo Rodrigo quedaba configurado como un concejo extenso. Su alfoz comprendía las tierras situadas entre el Duero y el Águeda hasta su confluencia con la ribera de Turones. Esta ribera marcaba los límites occidentales hasta la carrera de Porto de Carros; desde aquí hasta el Côa y, desde este río, hasta el Duero[7].

Al año siguiente de la repoblación volvió Alfonso IX a Castelo Rodrigo. Allí, el 29 de diciembre hacía donación al monasterio de Santa María de Aguiar, de “illud vilare antiquum quod dicitur Boucia vetus[8].

Repoblado, pues el norte de Riba Côa, con el establecimiento de un concejo al oeste de Ciudad Rodrigo, de cuyos términos se desgajaba, la política regia se dirigirá, en un momento posterior a Las Navas (1212), a ir paulatinamente completando la repoblación del resto de la región ribacudana. Así, en el polo meridional surgiría el concejo de Sabugal, hacia 1218, si no antes, separado también del extenso alfoz de Ciudad Rodrigo[9]. Del de Sabugal se segregaron los términos jurisdiccionales de Vilar Maior[10] y de Alfayates hacia 1227[11]. Quizás antes de esa fecha, Almeida se segregara de Castelo Rodrigo y hacia 1230 lo haría Castelo Bom del de Almeida[12]. La creación de estos concejos de Riba Côa se incardina, a su vez, dentro de la política repobladora de Alfonso IX, que se había extendido también por Galicia y el norte del Duero[13].

[1] J. GONZÁLEZ, Alfonso IX, Vol. II, doc. 254.

[2] L. F. LINDLEY CINTRA, Op. cit., LV.

[3] Sobre esta población, J. A. BORGES, Castelo Rodrigo, Viseu 2001.

[4] R. Pinto de AZEVEDO, “Riba Côa sob domínio de Portugal no reinado de D. Afonso Henriques. O mosteiro de Santa Maria de Aguiar, de fundaçâo portuguesa e nâo leonesa”. Anais da Academia Portuguesa da Historia, II serie, vol. 12. Lisboa 1962, pág. 261.

[5] J. GONZÁLEZ, Alfonso IX, Vol. II, doc. 258.

[6] J. GONZÁLEZ, Alfonso IX, Vol. II, doc. 253 y LINDLEY CINTRA, Op. cit. LVIII. El monarca leonés compensaría con creces a la Orden del Pereiro. En 1218 les hizo entrega de Alcántara; citar otras donaciones. También, B. Palacios Martín et alii, Colección diplomática medieval de la Orden de Alcántara, doc. 49. En 1226 Alfonso IX concedió fuero a los hombres de Santa Cristina, J. RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Los fueros locales de la provincia de Zamora, Salamanca 1990, doc. 49, pp. 342-343.

[7] L. F. LINDLEY CINTRA, Op. cit., LVI y nota 76.

[8] J. GONZÁLEZ, Alfonso IX, Vol II. Doc. 268. En el archivo municipal de Ciudad Rodrigo hay una copia tardía de la donación, cuyo texto en romance, difiere del texto latino que se conserva en el archivo de la Torre do Tombo de Lisboa. A. BARRIOS GARCÍA, J. Mª MONSALVO ANTÓN, G. DEL SER QUIJANO, Documentación medieval del archivo municipal de Ciudad Rodrigo, Salamanca 1988, doc. 1. El documento del archivo mirobrigense, que es una copia inserta en otro de 1 de octubre de 1453, presenta serias dudas sobre el contenido original. Primero, está fechado también en Castelo Rodrigo, pero lleva fecha de 20 de agosto de 1211. En el registro documental publicado por J. GONZÁLEZ, Alfonso IX, Vol II, no consta que en agosto de 1211 estuviera el rey en Castelo Rodrigo. Sólo se sabe que el rey estuvo en Triacastela el 1 de julio de aquel año y que el primero de septiembre estaba en Salamanca, donde hacia una donación a la iglesia zamorense. Segundo, en ambos documentos (en el del archivo lisboeta y en la copia de Ciudad Rodrigo) actúan como confirmantes los mismos obispos, así como Rodrigo Pérez, Rodrigo Ordóñez y Juan Arias, actuando de notario Gonzalo, si bien en el diploma de la Torre do Tombo está también el tenente de Extremadura, Fernando Fernández, que no aparece en el documento de Ciudad Rodrigo, el cual, además, incluye como confirmante a Álvaro Núñez, “tenente de las Montañas”. Álvaro Núñez (de Lara) es un personaje ligado a la corona castellana, pero no se conoce ninguno asociado con el mismo nombre a la corte leonesa ni que actúe como confirmante en la diplomatura de Alfonso IX. Así pues, creemos que el documento de Ciudad Rodrigo es apócrifo. Además, esta versión incluye los límites de la heredad de La Bouza: (“Voçavieja, que es entre Doscasas e Turones, asý conmo se departe por aquella carrera que va de Vervenosa a Villar de Çiervo, por la sauzeda de Turones fasta Doscasas, e de la otra parte asý conmo se juntan los dichos ríos”) y que no se señalan en el diploma del archivo de la Torre do Tombo. Sorprende que en fecha tan temprana aparezca citado Villar de Ciervo, del que documentalmente no tenemos otra noticia hasta 1376, A. BARRIOS, et alii, Op. cit. doc. 19, con motivo del interrogatorio sobre la ocupación de devasos o términos comunes del concejo mirobrigense. Tal vez a Ciudad Rodrigo le interesó marcar sus límites concejiles en un momento determinado y ello explicaría la “reinterpretación” de la donación alfonsina al monasterio de Aguiar. A este respecto conviene señalar que en 1453, fecha del documento en el que se inserta la copia de Ciudad Rodrigo, los sexmeros de esta Tierra reabrieron ante el corregidor Suero del Águila la cuestión referente a las usurpaciones de devasos en el Campo de Valdeazaba. El concejo procedió al amojonamiento de varios de estos devasos, práctica que se repitió en años posteriores ante la amenaza de las usurpaciones de particulares. J. Mª MONSALVO ANTÓN, “La sociedad concejil de los siglos XIV y XV. Caballeros y pecheros (en Salamanca y en Ciudad Rodrigo)”. Historia de Salamanca, II, Edad Media. Salamanca 1997, pp. 417-419.

[9] P. CURADO sugiere, incluso, la fecha de 1197. Citado por A. BARRIOS GARCÍA, “El proceso de ocupación y de ordenación del espacio en la Raya leonesa”, Op. cit., pág. 174, nota 53. En julio de 1219, desde Ciudad Rodrigo, Alfonso IX hizo entrega al maestre García Sánchez y a todo el convento de Pereiro y Alcántara de la heredad de Navasfrías, en el término de Sabugal, con una legua de territorio alrededor y con todos sus derechos y pertenencias, para sustento de la casa de la milicia. J. GONZÁLEZ, Alfonso IX, Vol II. Doc. 376 y B. PALACIOS MARTÍN et alii, Colección diplomática medieval de la Orden de Alcántara, doc. 68. Dueños de dicha heredad, el maestre García Sánchez concedió en mayo de 1223 fuero a sus pobladores ( B. PALACIOS MARTÍN et alii, Op. cit. doc. 82). Años más tarde, el 10 de octubre de 1226, el monarca procedió a la delimitación de dicha aldea: “per rivulum qui dicitur Codesal, quosque intrat in fluvio qui dicitur Algada”, cuya entrega cofirmaba a la Orden de Alcántara (B. PALACIOS MARTÍN et alii, Op. cit., doc. 97. J. GONZÁLEZ, Alfonso IX, II, doc. 494). Al año siguiente, el obispo Miguel y el cabildo de Ciudad Rodrigo establecieron con el maestre y freires de Alcántara y Pereiro un acuerdo sobre percepción de diezmos, y nombramiento de capellanes en la iglesia de Navasfrías y en las otras que la orden poseía en la diócesis. B. PALACIOS MARTÍN et alii, Op. cit., doc. 98.

[10]Facio popualcionem meam de Vilar Mayor et do ei istos terminos, videlicet, per portum de Valongo, de inde ad eccllesiam de Mazmela, indie quomodo vertunt aque ad Alfayates, inde ad cabeçam de Anaziado, de inde ad atalayam de Martino Rodericie, inde ad Battoucas quomodo vadit ad cabeçam de Cavalo, de inde quomodo vertunt aque ad Fontes de Donouro, inde ad carrariam quo vadit ad Val de Carros et intrat in Coa”. J. GONZÁLEZ, Alfonso IX, II, doc. 513.

[11] A primeros de abril de 1226 se encontraba el monarca en Alfayates, quizás organizando el futuro concejo. El día 4 donó al monasterio de Santa María de Aguiar tres yugadas en Vilar Formoso J. GONZÁLEZ, Alfonso IX, II, doc. 492. En 1230 el concejo recibía como vecino a Rodrigo y le concede una heredad; es el “domino terre”. C. AYALA MARTÍNEZ, Libro de privilegios de la Orden de San Juan de Jerusalén en Castilla y León (siglos XII al XV), doc. 253.

[12] J. A. ANES DUARTE NOGUEIRA, “Los municipios medievais em Riba Cöa”. O Tratado de Alcanices e a importancia histórica das terras de Riba Côa. Lisboa, 1998, pág. 201. LINDLEY CINTRA Op. cit., XLIX-LXVI.


[13] J. I. RUIZ DE LA PEÑA, “Los procesos tardíos de repoblación urbana en las tierras del Norte del Duero”. Boletín de la Institución de Estudios Asturianos, XXX (1976), nº 88-90, 762-3).

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